Wednesday, June 1, 2022

IR-2022-112SP: IRS les recuerda a estadounidenses que viven en el extranjero: Presenten su declaración de 2021 para el 15 de junio; familias elegibles pueden reclamar beneficios tributarios expandidos

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Edición Número:   IR-2022-112SP

En Esta Edición


IRS les recuerda a estadounidenses que viven en el extranjero: Presenten su declaración de 2021 para el 15 de junio; familias elegibles pueden reclamar beneficios tributarios expandidos

WASHINGTON — El Servicio de Impuestos Internos les recordó hoy a los contribuyentes que viven fuera de los Estados Unidos que deben presentar sus declaraciones de impuestos federales de 2021 para el miércoles, 15 de junio. Esta fecha límite aplica para ciudadanos y residentes que viven en el extranjero e incluyen a aquellos con doble ciudadanía.

Al igual que la mayoría de los contribuyentes en EE.UU. que deben presentar sus declaraciones ante al IRS a tiempo, aquellos que viven y trabajan en otro país también deben presentar una declaración. Una prórroga automática de dos meses – hasta el 15 de junio – se les otorga normalmente a las personas que viven en el extranjero. Cualquier persona eligible recibe el tiempo adicional – no hace falta solicitar.

Presente una declaración para reclamar beneficios

Un contribuyente debe presentar una declaración, aun cuando es elegible para recibir beneficios tributarios, como la Exclusión de ingresos ganados en el extranjero (en inglés) o el Crédito de impuesto extranjero (en inglés). Estos beneficios no son automáticos y solo están disponibles si se presenta una declaración de impuestos de los Estados Unidos. Esto es cierto, aun cuando éstos u otros beneficios tributarios reduzcan o eliminen sustancialmente la obligación tributaria de los Estados Unidos.

Adicionalmente, el IRS urge a las familias a que se informen acerca de los beneficios tributarios expandidos, como el Crédito tributario por hijos, el Crédito para otros dependientes y gastos por cuido de hijos y dependientes, y los reclamen si son elegibles. Aunque los contribuyentes en el extranjero usualmente califican, el cálculo de estos créditos varía, dependiendo si viven dentro de los Estados Unidos por más de la mitad de 2021. Para más información, consulte las instrucciones en el Anexo 8812 y las instrucciones del Formulario 2441 (en inglés).

Calificar para la extensión del 15 de junio

Un contribuyente es eligible para la fecha límite especial del 15 de junio si:

  • Su domicilio tributario y residencia se encuentran fuera de los Estados Unidos o Puerto Rico, o
  • Si están en servicio militar fuera de los EE.UU. y Puerto Rico para la fecha límite regular de su declaración de impuestos. 

Asegúrese de incluir una declaración escrita junto con su declaración de impuestos que indica cuál de las dos circunstancias le aplica.

Informes requeridos para cuentas y activos extranjeros

La ley federal requiere que los ciudadanos estadounidenses y residentes extranjeros informen cualquier ingreso mundial, que incluyen ingresos de fideicomisos extranjeros y cuentas bancarias extranjeras y de valores. En la mayoría de los casos, los contribuyentes afectados deben llenar e incluir el Anexo B con su declaración de impuestos. La Parte III del Anexo B pregunta acerca de la existencia de cuentas en el extranjero, como cuentas bancarias y de valores, y generalmente requiere que los ciudadanos estadounidenses informen el país en el que se encuentra cada cuenta.

Adicionalmente, algunos contribuyentes también tendrán que llenar y adjuntar a su declaración el Formulario 8938, Declaración de activos financieros extranjeros (en inglés). Por lo general, los ciudadanos estadounidenses, residentes extranjeros y ciertos extranjeros que no son residentes deben declarar activos financieros extranjeros específicos en este formulario si el valor agregado de esos activos excede ciertos umbrales. Consulte las instrucciones de este formulario para obtener más detalles.

Requisito de informes del Departamento del Tesoro también aplica para cuentas extranjeras

Un requisito de informe especial aplica para la mayoría de las personas con cuentas bancarias o financieras extranjeras. Usualmente referido como el requisito FBAR, éste es separado de y en adición a cualquier informe requerido en el Anexo B o Formulario 8938.

El requisito FBAR aplica a cualquier contribuyente con un interés en, o firma u otra autoridad sobre cuentas financieras extranjeras cuyo valor agregado excedió los $10,000 en cualquier momento durante 2021. Deben presentar electrónicamente ante el Departamento del Tesoro con la Red de Ejecución de Delitos Financieros (FinCEN) el Formulario 114, Informe de cuentas bancarias y financieras extranjeras (FBAR) (en inglés). Debido a este umbral, el IRS anima a contribuyentes con activos en el extranjero, aunque sean de baja cantidad, a que verifiquen si este requisito de presentación les aplica. El formulario solo está disponible a través del sitio web del Sistema de presentación electrónica de BSA (en inglés).

En conexión a la fecha límite regular para presentar declaraciones de impuestos, la fecha límite anual para el FBAR generalmente estaba programada para el 18 de abril de 2022. Pero FinCEN les otorga a los contribuyentes que no cumplieron con la fecha límite original una extensión automática hasta el 17 de octubre de 2022. No es necesario solicitar esta extensión.

Reporte en moneda estadounidense

Cualquier ingreso recibido o gasto deducible pagado en moneda extranjera debe reportarse en una declaración de impuestos de los Estados Unidos en moneda estadounidense. Igualmente, cualquier pago de impuestos debe hacerse en moneda estadounidense.

Tanto el Formulario FinCen 114 como el Formulario 8938 del IRS requieren el uso de una tasa de intercambio del 31 de diciembre para todas las transacciones, independientemente de la tasa de intercambio actual en la fecha de la transacción. Por lo general, el IRS acepta cualquier tasa de intercambio publicada que se usa de forma consistente. Para más información acerca de las tasas de intercambios, vea Monedas Extranjeras y Tasas de Intercambio de Monedas (en inglés).

Pagos de impuestos

Para asegurar que los pagos de impuestos se acrediten rápidamente, el IRS urge a los contribuyentes a que consideren la rapidez y conveniencia de pagar su obligación tributaria de los Estados Unidos de manera electrónica. La manera más rápida y fácil de hacerlo es a través de una cuenta en línea y Pago directo del IRS. Éstas y otras opciones de pagos están disponibles en la página de pagos de IRS.gov.

Informes de expatriados

Contribuyentes que renunciaron a su ciudadanía estadounidense o dejaron de ser residentes permanentes legales de los Estados Unidos durante el año 2021 deben presentar una declaración de impuestos de extranjero de doble estatus (en inglés) y adjuntar el Formulario 8854, Declaración de expatriación inicial y anual (en inglés). También se debe presentar una copia del Formulario 8854 ante el Servicio de Impuestos Internos a Internal Revenue Service, 3651 S IH35 MS 4301AUSC, Austin, TX 78741, antes de la fecha de vencimiento de la declaración de impuestos (incluye extensiones). Consulte las instrucciones de este formulario y el Aviso 2009-85, Directrices para expatriados según la Sección 877A (en inglés)PDF para más detalles.

Extensiones después del 15 de junio

Hay tiempo adicional disponible para los que no puedan cumplir con la fecha del 15 de junio. El IRS urge a cualquier persona que necesite tiempo adicional a que solicite electrónicamente. Visite la página de prórroga en IRS.gov para detalles.

De otro modo, los contribuyentes deben solicitar una prórroga de presentación de hasta el 17 de octubre al imprimir y enviar por correo el Formulario 4868, Solicitud de Prórroga Automática para Presentar la Declaración del Impuesto de Ingreso Personal de los Estados Unidos. Las empresas que necesitan tiempo adicional deben presentar el Formulario 7004, Solicitud de prórroga automática presentar determinadas declaraciones de impuestos sobre los ingresos, información y otras declaraciones comerciales (en inglés).

Extensión de zona de combate

Los miembros de las fuerzas armadas califican para una extensión adicional de al menos 180 días (en inglés) para presentar y pagar impuestos si aplica alguna de las siguientes situaciones:

  • Sirven en una zona de combate o tienen un servicio elegible fuera de una zona de combate, o
  • Sirven en despliegue fuera de los Estados Unidos fuera de su puesto de labor permanente mientras participan en una operación de contingencia. Esta es una operación militar designada por el Secretario de la Defensa o que resulte en miembros de los servicios uniformados llamados al servicio activo (o que se mantengan en servicio activo) durante una guerra o una emergencia nacional declarada por el Presidente o el Congreso.

Los plazos también se amplían para personas que prestan servicios en una zona de combate o durante una operación de contingencia en apoyo a las Fuerzas Armadas (en inglés). Esto aplica al personal de la Cruz Roja, a los corresponsales acreditados y al personal civil que actúa bajo la dirección de las Fuerzas Armadas en apoyo de esas fuerzas.

Los cónyuges de personas que sirvieron en una zona de combate u operación de contingencia generalmente tienen derecho a las mismas extensiones de la fecha límite con algunas excepciones. Los detalles de la extensión y más información sobre impuestos militares están disponibles en la Publicación 3 del IRS, Guía de impuestos de las Fuerzas Armadas (en inglés).

Visite IRS.gov para información tributaria

Ayuda tributaria e información para presentar una declaración siempre está disponible en IRS.gov. El sitio web del IRS ofrece una variedad de herramientas en línea para ayudar a los contribuyentes a encontrar las respuestas a la mayoría de las preguntas acerca de impuestos. Por ejemplo, los contribuyentes pueden buscar información acerca del Asistente Tributario Interactivo, Temas Tributarios y buscar en las Preguntas Frecuentes (en inglés) para encontrar respuestas a preguntas comunes. También pueden visitar IRS.gov para encontrar información acerca de opciones de pago en línea.

Recursos adicionales:

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