Thursday, September 24, 2020

IR-2020-221SP: IRS destaca créditos de empleadores para empresas durante Semana Nacional de la Pequeña Empresa

Having trouble viewing this email? View it as a Web page.                                                                                                                                                  Bookmark and Share

IRS.gov Banner
Consejos Tributarios del IRS 24 de septiembre de 2020

Esenciales de Noticias

Noticias en Español

Consejos Tributarios del Cuidado de Salud

Oficina de Prensa

Fraudes Tributarios

Alrededor de la Nación


Temas de Interés

IRS.gov/Español  

Consejos Tributarios

Centro Multimediático

Hojas de Datos


Recursos del IRS

Medios Sociales y el IRS

Contacto de Mi Oficina Local

Formularios e Instrucciones

Defensor del Contribuyente

Los Derechos del Contribuyente

 


Edición Número:    IR-2020-221SP

En Esta Edición


IRS destaca créditos de empleadores para empresas durante Semana Nacional de la Pequeña Empresa

WASHINGTON — Durante la Semana de la Pequeña Empresa, el Servicio de Impuestos Internos les recuerda a los dueños de negocios y a los trabajadores independientes acerca de los créditos de empleadores disponibles para ellos durante COVID-19.

Estos créditos se crearon especialmente para ayudar a los propietarios de pequeñas empresas durante este tiempo sin precedentes. Durante la Semana Nacional de la Pequeña Empresa, el IRS quiere asegurarse de que todas las personas elegibles conozcan el alivio que brindan estos créditos.

Crédito de retención de empleados

El Crédito de retención de empleados está diseñado para alentar a las empresas a mantener empleados en su nómina. El crédito tributario reembolsable es el 50 por ciento de hasta $10,000 en salarios pagados por un empleador elegible cuyo negocio ha sido afectado financieramente por COVID-19.

El crédito está disponible para todos los empleadores independientemente de su tamaño, incluidas las organizaciones exentas de impuestos. Solo hay dos excepciones: los gobiernos estatales y locales y sus instrumentalidades y las pequeñas empresas que aceptan préstamos para pequeñas empresas.

Empleadores calificados deben pertenecer a una de dos categorías

  1. El negocio del empleador está total o parcialmente suspendido por orden del gobierno debido a COVID-19 durante el trimestre calendario.
     
  2. Los ingresos brutos del empleador están por debajo del 50 por ciento del trimestre comparable en 2019. Una vez que los ingresos brutos del empleador superan el 80 por ciento de un trimestre comparable en 2019, ya no califican después del final de ese trimestre.

Los empleadores calcularán estas medidas cada trimestre calendario.

Crédito de licencia por enfermedad y crédito de licencia familiar pagada

El Crédito de Licencia Pagada por Enfermedad está diseñado para permitir que las empresas obtengan un crédito para un empleado que no puede trabajar (incluido el trabajo a distancia) debido a una cuarentena de Coronavirus, una autocuarentena o que tiene síntomas de Coronavirus y busca un diagnóstico médico. Esos empleados tienen derecho a una licencia por enfermedad pagada por hasta 10 días (hasta 80 horas) a la tarifa regular de pago del empleado de hasta $511 por día y $5,110 en total.

El empleador también puede recibir el crédito por los empleados que no pueden trabajar debido al cuidado de alguien con Coronavirus o al cuidado de un niño porque la escuela o el lugar de cuidado del niño está cerrado, o el proveedor de cuidado infantil pagado no está disponible debido a Coronavirus. Esos empleados tienen derecho a una licencia por enfermedad pagada por hasta dos semanas (hasta 80 horas) a 2/3 de la tarifa regular de pago del empleado o hasta $ 200 por día y $ 2,000 en total.

Los empleados también tienen derecho a una licencia familiar y médica pagada equivalente a 2/3 del salario regular del empleado, hasta $200 por día y $10,000 en total. Se pueden contar hasta 10 semanas de licencia calificada para el crédito de licencia familiar.

Los empleadores pueden recibir un reembolso inmediato por el crédito al reducir sus depósitos requeridos de impuestos sobre la nómina que han retenido de los salarios de los empleados por el monto del crédito.

Los empleadores elegibles tienen derecho a recibir de inmediato un crédito por el monto total de la licencia por enfermedad y la licencia familiar requeridas, más los gastos relacionados con el plan de salud y la parte del empleador de la contribución al Medicare sobre la licencia, durante el período del 1ro de abril de 2020 hasta el 31de diciembre de 2020. El crédito reembolsable se aplica contra ciertos impuestos sobre el empleo sobre los salarios pagados a todos los empleados.

¿Cómo recibirán los empleadores el crédito?

Los empleadores pueden recibir un reembolso inmediato por el crédito al reducir sus depósitos requeridos de impuestos sobre la nómina que han retenido de los salarios de los empleados por el monto del crédito.

Los empleadores elegibles informarán sus salarios calificados totales y los costos de seguro médico relacionados para cada trimestre en sus declaraciones de impuestos sobre el empleo trimestrales o en el Formulario 941 a partir del segundo trimestre. Si los depósitos de impuestos sobre la nómina del empleador no son suficientes para cubrir el crédito, el empleador puede recibir un pago por adelantado del IRS mediante la presentación del Formulario 7200 (SP), Anticipo de Pago de Créditos del Empleador Debido a COVID-19.

Los empleadores elegibles también pueden solicitar un anticipo del Crédito de retención de empleados al presentar el Formulario 7200 (SP).

El IRS también publicó preguntas frecuentes acerca del crédito de retención de empleados (en inglés) y preguntas frecuentes acerca de la licencia familiar y la licencia por enfermedad (en inglés) que ayudarán a responder preguntas.

Las actualizaciones de la implementación del Crédito de retención de empleados (en inglés) y otra información se pueden encontrar en la página de Coronavirus de IRS.gov.

Back to top

FaceBook Logo  YouTube Logo  Instagram Logo  Twitter Logo  LinkedIn Logo


Gracias por suscribirse a Consejos Tributarios en Español del IRS, un servicio de correo electrónico del IRS. Para obtener más información sobre los impuestos federales, por favor visite la página de internet IRS.gov.

Este mensaje fue distribuido automáticamente de la lista de correos electrónicos de Consejos Tributarios en Español del IRS. Por favor no responda a este mensaje.


This email was sent to business.solutions.ve@gmail.com by: Internal Revenue Service (IRS) · Internal Revenue Service · 1111 Constitution Ave. N.W. · Washington DC 20535 GovDelivery logo

No comments:

Post a Comment