Tuesday, September 22, 2020

IR-2020-219SP: IRS: Agricultores y ganaderos afectados por sequía tienen más tiempo para reemplazar ganado

Having trouble viewing this email? View it as a Web page.                                                                                                                                                  Bookmark and Share

IRS.gov Banner
Consejos Tributarios del IRS 22 de septiembre de 2020

Esenciales de Noticias

Noticias en Español

Consejos Tributarios del Cuidado de Salud

Oficina de Prensa

Fraudes Tributarios

Alrededor de la Nación


Temas de Interés

IRS.gov/Español  

Consejos Tributarios

Centro Multimediático

Hojas de Datos


Recursos del IRS

Medios Sociales y el IRS

Contacto de Mi Oficina Local

Formularios e Instrucciones

Defensor del Contribuyente

Los Derechos del Contribuyente

 


Edición Número:    IR-2020-219SP

En Esta Edición


IRS: Agricultores y ganaderos afectados por sequía tienen más tiempo para reemplazar ganado

WASHINGTON — De acuerdo con el Servicio de Impuestos Internos, los agricultores y ganaderos que se vieron obligados a vender ganado debido a la sequía pueden obtener tiempo adicional para reemplazar el ganado y diferir el impuesto sobre cualquier ganancia de las ventas obligadas.

Para calificar para el alivio, el agricultor o ganadero debe estar en una región aplicable. Este es un condado designado como elegible para la asistencia federal, más los condados contiguos a ese condado. El Aviso 2020-74 (en inglés) PDF publicado hoy en IRS.gov, enumera las regiones aplicables en 46 estados, el Distrito de Columbia y cuatro territorios de los EE. UU.

El alivio generalmente se aplica a las ganancias de capital realizadas por agricultores y ganaderos elegibles en las ventas de faenas del campo, ganadería o sementales. Las ventas de otros animales, como aquellos criados para el sacrificio o mantenidos con fines deportivos, o aves de corral, no son elegibles.

Para calificar, las ventas deben estar directamente relacionadas con la sequía, inundaciones u otro clima severo que cause que se designe la región como elegible para asistencia federal. El ganado generalmente debe reemplazarse dentro de un período de cuatro años, en lugar del período usual de dos años. El IRS está autorizado a extender aún más este periodo si la sequía continúa.

La prórroga de un año, anunciada en el aviso, otorga a los agricultores y ganaderos elegibles hasta el final del año tributario después del primer año libre de sequía para reemplazar el ganado vendido. Detalles que incluyen un ejemplo de cómo funciona esta disposición, se pueden encontrar en el Aviso 2006-82 (en inglés) PDF, disponible en IRS.gov.

El IRS provee esta prórroga a los agricultores y ganaderos ubicados en cualquier región que calificó para el período de reemplazo de cuatro años si cualquier condado incluido en la región aparece como que sufre condiciones excepcionales, extremas o severas de sequía durante cualquier período semanal entre el 1ro de septiembre de 2019 y el 31 de agosto de 2020. Esta determinación la realiza el Centro Nacional de Mitigación de Sequía (en inglés).

Todos o parte de 46 estados, más el Distrito de Columbia y cuatro territorios de los EE. UU. se enumeran en el aviso.

Como resultado, los agricultores y ganaderos calificados cuyo período de reemplazo de venta por sequía estaba programado para vencer al final de este año tributario, 31 de diciembre de 2020, en la mayoría de los casos, ahora tendrán hasta el final de su próximo año tributario. Debido a que el período normal de reemplazo de venta por sequía es de cuatro años, esta prórroga afecta inmediatamente las ventas por sequía ocurridas durante 2016. Los períodos de reemplazo de algunas ventas por sequía antes de 2016 también se ven afectados debido a las extensiones anteriores relacionadas con la sequía que afectan a algunas de estas localidades.

Más información acerca del reporte de ventas por sequía y otros asuntos tributarios relacionados con fincas se puede encontrar en la Publicación 225, Guía de Impuestos de Agricultor (en inglés), disponible en IRS.gov.

Back to top

FaceBook Logo  YouTube Logo  Instagram Logo  Twitter Logo  LinkedIn Logo


Gracias por suscribirse a Consejos Tributarios en Español del IRS, un servicio de correo electrónico del IRS. Para obtener más información sobre los impuestos federales, por favor visite la página de internet IRS.gov.

Este mensaje fue distribuido automáticamente de la lista de correos electrónicos de Consejos Tributarios en Español del IRS. Por favor no responda a este mensaje.


This email was sent to business.solutions.ve@gmail.com by: Internal Revenue Service (IRS) · Internal Revenue Service · 1111 Constitution Ave. N.W. · Washington DC 20535 GovDelivery logo

No comments:

Post a Comment