Thursday, October 28, 2021

IR-2021-210SP: Alivio adicional del IRS por huracán Ida: plazos del 15 de septiembre y 15 de octubre, otras fechas extendidas hasta el 3 de enero para partes de Mississippi; plazo del 1ro de noviembre aún se aplica a resto del estado

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Edición Número:    IR-2021-210SP

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Alivio adicional del IRS por huracán Ida: plazos del 15 de septiembre y 15 de octubre, otras fechas extendidas hasta el 3 de enero para partes de Mississippi; plazo del 1ro de noviembre aún se aplica a resto del estado

WASHINGTON — Las víctimas del huracán Ida en partes de Mississippi ahora tienen tiempo adicional – hasta el 3 de enero de 2022 – para presentar varias declaraciones de impuestos individuales y comerciales y efectuar pagos de impuestos, anunció hoy el Servicio de Impuestos Internos.

Después de la declaración de desastre de la semana pasada por la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA), el IRS está ofreciendo este alivio ampliado a aquellas partes del estado recién designadas para asistencia individual o pública. Anteriormente, el IRS había proporcionado alivio especial a todo el estado de Mississippi, que generalmente pospone varios plazos de presentación de impuestos y de pago de impuestos hasta el 1ro de noviembre de 2021.

Actualmente, el alivio ampliado se aplica a los condados de Amite, Claiborne, Copiah, Covington, Franklin, Georgia, Hancock, Harrison, Jackson, Jefferson, Jefferson Davis, Lawrence, Lincoln, Pearl River, Pike, Simpson, Walthall, Wayne y Wilkinson. Cualquier jurisdicción agregada a la declaración del 22 de octubre por FEMA recibirá automáticamente el alivio ampliado del IRS.

La fecha límite sigue siendo el 1ro de noviembre para los contribuyentes afectados en otras partes de Mississippi. La lista actual de localidades elegibles siempre está disponible en la página de Alivio en situaciones de desastre en IRS.gov.

El nuevo alivio pospone varios plazos de presentación y pago de impuestos que ocurrieron a partir del 26 de agosto del 2021. Como resultado, las personas y empresas afectadas tendrán hasta el 3 de enero de 2022 para presentar sus declaraciones y pagar los impuestos que adeudaban originalmente durante este período. Esto significa que las personas que tenían una prórroga válida para presentar su declaración de 2020 que vence el 15 de octubre de 2021, ahora tendrán hasta el 3 de enero de 2022 para presentarla. Sin embargo, el IRS señaló que debido a que los pagos de impuestos relacionados con estas declaraciones de 2020 vencieron el 17 de mayo de 2021, esos pagos no son elegibles para este alivio.

La fecha límite del 3 de enero de 2022 también se aplica a los pagos de impuestos estimados trimestrales que vencen el 15 de septiembre de 2021, y las declaraciones de impuestos sobre la nómina e impuestos por uso y consumo trimestrales que normalmente vencen el 1ro de noviembre de 2021. Las empresas con una fecha de vencimiento original o extendida también tienen el tiempo adicional, incluidas, entre otras, las sociedades colectivas y las sociedades anónima de tipo S de año calendario cuyas extensiones de 2020 vencían el 15 de septiembre de 2021 y las corporaciones de año calendario cuyas extensiones de 2020 vencían el 15 de octubre de 2021. También aplica a las organizaciones exentas de impuestos, que operan en año calendario cuyas extensiones de 2020 vencían el 15 de noviembre de 2021.

Además, las multas sobre los depósitos de impuestos sobre la nómina y por uso y consumo adeudados a partir del 28 de agosto de 2021 y antes del 13 de septiembre se reducirán siempre que los depósitos se hayan realizado antes del 13 de septiembre de 2021.

La página del IRS de Alivio en situaciones de desastre tiene detalles acerca de otras declaraciones, pagos y acciones relacionadas con impuestos que califican para el tiempo adicional.

El IRS proporciona automáticamente alivio de presentación y multas a cualquier contribuyente con una dirección registrada con el IRS ubicada en el área del desastre. Por lo tanto, los contribuyentes no necesitan comunicarse con la agencia para obtener este alivio. Sin embargo, si un contribuyente afectado recibe un aviso de multa por presentación o pago tardío del IRS que tiene una fecha de vencimiento de presentación, pago o depósito original o extendida dentro del período de aplazamiento, el contribuyente debe llamar al número que aparece en el aviso para que se cancele la multa.

Además, el IRS trabajará con cualquier contribuyente que viva fuera del área del desastre, pero cuyos archivos necesarios para cumplir con una fecha límite que ocurre durante el período de aplazamiento están ubicados en el área afectada. Los contribuyentes que califiquen para recibir esta ayuda y que vivan fuera del área de desastre deben comunicarse con el IRS al 866-562-5227. Esto también incluye a los trabajadores que ayudan en las actividades de auxilio y que están afiliados a una organización gubernamental o filantrópica reconocida.

Las personas y empresas en un área de desastre declarada por el gobierno federal que sufrieron pérdidas relacionadas con el desastre no aseguradas o no reembolsadas pueden optar por reclamarlas en la declaración del año en que ocurrió la pérdida (en este caso, la declaración de 2021 normalmente presentada el próximo año) o en la declaración para el año anterior (2020). Asegúrese de escribir el número de declaración de FEMA – EM-3569 asociado con el alivio anterior o EM-4626 – para el nuevo alivio en cualquier declaración que reclame una pérdida. Consulte la Publicación 547 (SP) para más detalles.

El alivio tributario es parte de una respuesta federal coordinada por el daño causado por el huracán Ida según las evaluaciones de daños locales proporcionadas por FEMA. Para obtener información acerca de la recuperación de desastres, visite DisasterAssistance.gov.

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