Wednesday, July 8, 2020

IR-2020-142SP: Contribuyentes deben reanudar pagos antes del 15 de julio

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Edición Número:    IR-2020-142SP

En Esta Edición


Contribuyentes deben reanudar pagos antes del 15 de julio

WASHINGTON — El IRS les recuerda hoy a los contribuyentes que aprovecharon el alivio tributario de la Iniciativa de Personas Primero y que no realizaron pagos de impuestos adeudados previamente entre el 25 de marzo y el 15 de julio, que deben reiniciar sus pagos.

A medida que el IRS continúa reabriendo sus operaciones en todo el país, los contribuyentes que estaban en acuerdos de pago y omitieron cualquier pago del 25 de marzo al 15 de julio deberían comenzar a pagar nuevamente para evitar multas y posibles incumplimientos de sus acuerdos.

"A través de la Iniciativa de Personas Primero, nos hemos esforzado por brindar un alivio sin precedentes para ayudar a quienes debían impuestos federales y permitirles tiempo extra," dijo Chuck Rettig, Comisionado del IRS. "A medida que reanudamos un enfoque gradual de nuestras operaciones normales, simpatizamos con los muchos estadounidenses que aún sufren dificultades relacionadas con COVID y estamos listos para continuar ofreciendo ayuda a aquellos que la necesitan."

Esto es lo que los contribuyentes deben hacer para reanudar sus acuerdos de pago con el IRS, incluidos los Acuerdos de pago a plazos, los Ofrecimientos de transacción y los pagos del programa privado de Cobro de deudas:

Planes de pagos

Los contribuyentes que suspendieron sus pagos bajo un plan de pagos entre el 1ro de abril y el 15 de julio de 2020, tendrán que reanudar sus pagos adeudados a partir del 15 de julio de 2020. Aunque a través de la Iniciativa de Personas Primero el IRS no incumplió los acuerdos, los intereses siguen acumulándose y el saldo permanece.

Los contribuyentes que hicieron que su banco suspendiera los pagos de débito directo deben comunicarse con el banco de inmediato para asegurarse de que se envíe su primera fecha de vencimiento del pago mensual el 15 de julio de 2020 o después para evitar multas.

Si un contribuyente no puede cumplir con los términos actuales del acuerdo de pago a plazos debido a dificultades relacionadas con COVID, puede revisar el acuerdo en IRS.gov/paymentplan o llamar al número de servicio al cliente en su aviso del IRS si tiene un Acuerdo de pago a plazo directo (DDIA).

Pagos de ofrecimiento de transacción

Ofertas bajo investigación: Si el IRS está investigando actualmente la oferta de un contribuyente, y el contribuyente optó por omitir los pagos entre el 25 de marzo hasta el 15 de julio de 2020, el contribuyente debe reanudar los pagos después del 15 de julio de 2020. El IRS modificará la oferta del contribuyente para permitirle pagar los pagos omitidos al final del período de oferta, si la oferta es aceptada.

Ofertas ya aceptadas: Si el IRS aceptó una oferta del contribuyente, y el contribuyente no puede hacer los pagos acordados de su oferta aceptada debido a una dificultad por COVID-19, el contribuyente debe reanudar los pagos y compensar los pagos perdidos antes del 15 de julio de 2020. Si el contribuyente no puede compensar los pagos perdidos, puede ponerse en contacto con el número que aparece en el aviso que recibe para discutir sus necesidades individuales.

Programa de agencias privadas de cobro (en inglés)

El IRS no reenvía nuevas cuentas morosas a las agencias de cobro privadas (PCA) del 1ro de abril al 15 de julio de 2020, y la interacción de las PCA con los contribuyentes se limitó a llamadas telefónicas entrantes a menos que lo solicitara un contribuyente en un mensaje de voz o correspondencia.

Los contribuyentes que tenían sus pagos de PCA en espera, entre ese período deberían reanudar los pagos antes del 15 de julio. El IRS alienta a los contribuyentes a trabajar con la agencia de cobro privada asignada para establecer un nuevo plan de pago o reestructurar uno existente a base de su situación actual.

Contribuyentes que adeudan, pero no pueden pagar

El IRS les recuerda a los contribuyentes que atraviesan dificultades o que tienen preguntas acerca de sus pagos que deben llamar al número de servicio al cliente provisto en su aviso, pero tengan en cuenta que los tiempos de espera pueden ser largos. Las líneas telefónicas permanecen extremadamente ocupadas mientras el IRS reanuda sus operaciones. Los contribuyentes también tienen una variedad de opciones a través de IRS.gov/pagos para hacer pagos recurrentes o de una sola vez sin tener que comunicarse con el IRS.

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