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| Edición Número: IR-2023-159SPEn Esta EdiciónIRS: aquellos impactados por Idalia califican para alivio tributario; fecha límite del 16 de octubre y otras se extienden hasta el 15 de febreroWASHINGTON — El Servicio de Impuestos Internos anunció hoy alivio tributario para las personas y empresas afectadas por Idalia en partes de Florida. Estos contribuyentes ahora tienen hasta el 15 de febrero de 2024 para presentar varias declaraciones de impuestos federales individuales y comerciales, y realizar pagos de impuestos. El IRS está ofreciendo alivio a cualquier área designada por la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés). Actualmente, 46 de los 67 condados de Florida califican. Las personas y hogares que residen o tienen un negocio en estos condados son elegibles para alivio tributario, pero otras áreas que se añadan más adelante también pueden ser elegibles para el mismo alivio. La lista actual de localidades elegibles siempre está disponible en la página de Alivio en situaciones de desastre en IRS.gov. Alivio de presentación y pagoEl alivio tributario pospone varios plazos de presentación y pago de impuestos que ocurrieron a partir del 27 de agosto 2023, hasta el 15 de febrero de 2024 (periodo de extensión). Como resultado, las personas y empresas afectadas tendrán hasta el 15 de febrero de 2024 para presentar declaraciones y pagar los impuestos que originalmente adeudaban durante este período. Esto significa, por ejemplo, que el plazo del 15 de febrero de 2024 ahora aplica a:
Además, las multas por no realizar depósitos de impuestos sobre la nómina y el consumo adeudados a partir del 27 de agosto de 2023 y antes del 11 de septiembre de 2023 se reducirán siempre que los depósitos se realicen antes del 11 de septiembre de 2023. La página de Ayuda y alivio por emergencia en casos de desastre para las personas y los negocios tiene detalles acerca de otras declaraciones, pagos y acciones relacionadas con impuestos que son elegibles para el tiempo adicional. El IRS proporciona automáticamente la presentación y el alivio de multas a cualquier contribuyente con una dirección registrada con el IRS ubicada en el área del desastre. Por lo tanto, los contribuyentes no necesitan comunicarse con la agencia para obtener este alivio. Es posible que un contribuyente afectado no tenga una dirección ubicada en el área del desastre registrada con el IRS, por ejemplo, porque se mudó al área del desastre después de presentar su declaración. En este tipo de circunstancias únicas, el contribuyente afectado podría recibir un aviso de multa por presentación tardía o pago atrasado del IRS por el período de aplazamiento. El contribuyente debe llamar al número que figura en el aviso para que se elimine la multa. Además, el IRS trabajará con cualquier contribuyente que viva fuera del área del desastre, pero cuyos archivos necesarios para cumplir con una fecha límite que ocurra durante el período de aplazamiento se encuentren en el área afectada. Contribuyentes elegibles para el alivio que viven fuera del área de desastre deben comunicarse con el IRS al 866-562-5227. Esto también incluye a los trabajadores que ayudan en las actividades de socorro que están afiliados a un gobierno reconocido como una organización filantrópica. Alivio tributario adicionalLas personas y empresas en un área de desastre declarada por el gobierno federal que sufrieron pérdidas relacionadas con el desastre no aseguradas o no reembolsadas pueden optar por reclamarlas en la declaración del año en que ocurrió la pérdida (en este caso, la declaración de 2023 que normalmente se presenta el próximo año), o la declaración del año anterior (2022). Los contribuyentes tienen tiempo adicional, hasta seis meses después de la fecha de vencimiento de la declaración de impuestos federales del contribuyente para el año del desastre (sin tener en cuenta cualquier extensión del tiempo para presentar) para hacer la elección. Deben asegurarse de escribir el número de declaración de FEMA – DR-3596-EM − en cualquier declaración que reclama una pérdida. Consulte la Publicación 547 (SP), Hechos Fortuitos, Desastres y Robos para detalles. Los pagos calificados de ayuda en casos de desastre generalmente se excluyen del ingreso bruto. En general, esto significa que los contribuyentes afectados pueden excluir de sus ingresos brutos las cantidades recibidas de una agencia gubernamental para gastos personales, familiares, de manutención o funerarios razonables y necesarios, así como para la reparación o rehabilitación de su vivienda, o para la reparación o reposición de su contenido. Ver la Publicación 525 (en inglés) para detalles. Es posible que haya alivio adicional disponible para los contribuyentes afectados que participen en un plan de jubilación o un acuerdo de jubilación individual (IRA). Por ejemplo, un contribuyente puede ser elegible para recibir una distribución especial por desastre que no estaría sujeta al impuesto adicional de distribución anticipada del 10% y le permite al contribuyente distribuir los ingresos en tres años. Los contribuyentes también pueden ser elegibles para realizar un retiro por dificultades económicas. Cada plan o IRA tiene reglas y pautas específicas que deben seguir sus participantes. El IRS puede brindar ayuda adicional en casos de desastre en el futuro. El alivio tributario es parte de una respuesta federal coordinada a causa de los daños por estas tormentas y se basa en las evaluaciones de daños locales realizadas por FEMA. Para obtener información acerca de la recuperación ante desastres, visite DisasterAssistance.gov. Gracias por suscribirse a Consejos Tributarios en Español del IRS, un servicio de correo electrónico del IRS. Para obtener más información sobre los impuestos federales, por favor visite la página de internet IRS.gov. Este mensaje fue distribuido automáticamente de la lista de correos electrónicos de Consejos Tributarios en Español del IRS. Por favor no responda a este mensaje. |
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