Tuesday, February 27, 2024

IR-2024-51SP: IRS: Contribuyentes en área de San Diego afectados por tormentas severas e inundaciones califican para alivio tributario; varios plazos pospuestos hasta el 17 de junio

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Consejos Tributarios del IRS 27 de febrero de 2024

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Edición Número:  IR-2024-51SP

En Esta Edición


IRS: Contribuyentes en área de San Diego afectados por tormentas severas e inundaciones califican para alivio tributario; varios plazos pospuestos hasta el 17 de junio

WASHINGTON — El Servicio de Impuestos Internos anunció hoy alivio tributario para personas y empresas en partes de California afectadas por tormentas severas e inundaciones que comenzaron el 21 de enero.

Estos contribuyentes ahora tienen hasta el 17 de junio de 2024 para presentar varias declaraciones de impuestos federales individuales y comerciales y realizar pagos de impuestos.

El IRS ofrece ayuda a cualquier área designada por la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA). Actualmente, esto incluye el condado de San Diego. Las personas y familias que residen o tienen un negocio en esta localidad califican para el alivio tributario.

La misma ayuda estará disponible para cualquier otra localidad de California que se agregue posteriormente al área del desastre. La lista actual de localidades elegibles siempre está disponible en la página de alivio en situaciones de desastre en IRS.gov.

Alivio de presentación y pago

El alivio tributario pospone varias fechas límite de presentación y pago de impuestos que ocurrieron desde el 21 de enero de 2024 hasta el 17 de junio de 2024 (período de aplazamiento). Como resultado, las personas y empresas afectadas tendrán hasta el 17 de junio de 2024 para presentar declaraciones y pagar los impuestos que originalmente debían durante este período.

Esto significa, por ejemplo, que la fecha límite del 17 de junio de 2024 ahora se aplicará a:

  • Declaraciones y pagos del impuesto sobre los ingresos de individuos que normalmente vencen el 15 de abril de 2024.
  • Contribuciones de 2023 a cuentas IRA y cuentas de ahorro para la salud para contribuyentes elegibles.
  • Los pagos trimestrales de impuestos estimados de 2024 que normalmente vencen el 15 de abril.
  • Las declaraciones trimestrales de impuestos sobre la nómina y el consumo que normalmente vencen el 31 de enero y el 30 de abril.
  • Las declaraciones de sociedades por año calendario y corporaciones S que normalmente vencen el 15 de marzo de 2024.
  • Declaraciones y pagos de corporaciones y fiduciarios por año calendario que normalmente vencen el 15 de abril de 2024.
  • Las declaraciones de organizaciones exentas de impuestos del año calendario que normalmente vencen el 15 de mayo de 2024.

Además, las multas por no realizar los depósitos de impuestos sobre la nómina y el consumo que vencen a partir del 21 de enero de 2024 y antes del 5 de febrero de 2024 se reducirán siempre que los depósitos se hayan realizado antes del 5 de febrero de 2024. La página de Ayuda en casos de desastre del IRS tiene detalles acerca de otras declaraciones, pagos y acciones relacionadas con impuestos que califican para alivio durante el período de aplazamiento.

El IRS proporciona automáticamente alivio de presentación y multas a cualquier contribuyente con una dirección registrada del IRS ubicada en el área del desastre. Estos contribuyentes no necesitan comunicarse con la agencia para obtener este alivio.

Es posible que un contribuyente afectado no tenga una dirección registrada con el IRS ubicada en el área del desastre, por ejemplo, porque se mudó al área del desastre después de presentar su declaración. En este tipo de circunstancias únicas, el contribuyente afectado podría recibir un aviso de multa por presentación tardía o pago atrasado del IRS por el período de aplazamiento. El contribuyente debe llamar al número que figura en el aviso para que se elimine la multa.

Además, el IRS trabajará con cualquier contribuyente que viva fuera del área del desastre, pero cuya documentación necesaria para cumplir con una fecha límite que ocurra durante el período de aplazamiento se encuentre en el área afectada. Los contribuyentes que califiquen para recibir ayuda y que vivan fuera del área del desastre deben comunicarse con el IRS al 866-562-5227. Esto también incluye a los trabajadores que ayudan en las actividades de ayuda y que están afiliados a un gobierno reconocido o a una organización filantrópica.

Recordatorio sobre extensiones

El IRS insta a cualquier persona que necesite una extensión adicional en la presentación de impuestos, más allá del 17 de junio de 2024, para su declaración de impuestos federales de 2023 a solicitarla electrónicamente antes del 15 de abril de 2024. Aunque un contribuyente en el área de desastre califica para solicitar una extensión entre el 15 de abril de 2024 y 17 de junio de 2024, una solicitud presentada durante este período solo podrá presentarse en papel. Ya sea que lo solicite electrónicamente o en papel, el contribuyente tendrá hasta el 15 de octubre de 2024 para presentar la declaración, aunque los pagos aún vencen el 17 de junio de 2024. Visite IRS.gov/prorroga para obtener más detalles.

Alivio tributario adicional

Las personas y empresas en un área de desastre declarada por el gobierno federal que sufrieron pérdidas relacionadas con el desastre sin seguro o no reembolsadas pueden optar por reclamarlas en la declaración del año en que ocurrió la pérdida (en este caso, la declaración de 2024 que normalmente se presenta el próximo año) o en la declaración para el año anterior (2023, normalmente presentada este año). Los contribuyentes tienen tiempo adicional – hasta seis meses después de la fecha de vencimiento de la declaración de impuestos federales del contribuyente para el año del desastre (sin tener en cuenta cualquier extensión del tiempo para presentar la declaración) – para hacer la elección. Para los contribuyentes individuales, esto significa el 15 de octubre de 2025. Asegúrese de escribir el número de declaración de FEMA (4758-DR) en cualquier declaración que reclame una pérdida. Consulte la Publicación 547, Hechos Fortuitos, Desastres y Robos, para obtener más detalles.

Los pagos calificados de ayuda en casos de desastre generalmente se excluyen del ingreso bruto. En general, esto significa que los contribuyentes afectados pueden excluir de sus ingresos brutos las cantidades recibidas de una agencia gubernamental para gastos personales, familiares, de manutención o funerarios razonables y necesarios, así como para la reparación o rehabilitación de su vivienda, o para la reparación o reposición de su contenido. Consulte la Publicación 525, Ingresos sujetos a impuestos y no sujetos a impuestos (en inglés) para obtener más detalles.

Es posible que haya alivio adicional disponible para los contribuyentes afectados que participen en un plan de jubilación o un acuerdo de jubilación individual (IRA). Por ejemplo, un contribuyente puede ser elegible para recibir una distribución especial por desastre que no estaría sujeta al impuesto adicional de distribución anticipada del 10% y le permite al contribuyente distribuir los ingresos en tres años. Los contribuyentes también pueden ser elegibles para realizar un retiro por dificultades económicas. Cada plan o IRA tiene reglas y pautas específicas que deben seguir sus participantes.

El IRS puede brindar ayuda adicional en casos de desastre en el futuro.

El alivio tributario es parte de una respuesta federal coordinada a los daños causados ​​por estas tormentas y se basa en evaluaciones de daños locales realizadas por FEMA. Para obtener información acerca de recuperación ante desastres, visite DisasterAssistance.gov.

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