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| Edición Número: IR-2019-106SPEn Esta EdiciónIRS advierte de multa mayor por algunas declaraciones de impuestos presentadas después del 14 de junioWASHINGTON — El Servicio de Impuestos Internos urge a los contribuyentes que adeudan impuestos y no han presentado su declaración de 2018, que actúen antes del viernes, 14 de junio y eviten una multa mayor. La multa por no presentar se aplica si hay impuestos no pagados y el contribuyente no presenta una declaración de impuestos o no solicita una prórroga para la fecha límite de abril. Esta multa es usualmente el 5 por ciento del impuesto para el año en que se ha pagado para la fecha límite de la declaración original. La multa se cobra por cada mes o parte de un mes en que una declaración de impuestos está atrasada. Pero, si la declaración tiene más de 60 días de retraso, hay una multa mínima, de $210 o el 100 por ciento del impuesto no pagado, lo que sea menor. Reglas especiales de presentaciónLas reglas especiales afectan el cálculo de multas e intereses para aquellos que califican, como los miembros de las fuerzas armadas que sirven en zonas de combate (en inglés), contribuyentes que viven fuera de los EE.UU. (en inglés) y aquellos que viven en áreas declaradas zonas de desastre. Los contribuyentes en una zona de combate pueden extender aún más la fecha límite de presentación y pueden encontrar detalles en la Publicación 3, Guía tributaria para las fuerzas armadas (PDF, en inglés). Para los contribuyentes que viven y trabajan fuera de los Estados Unidos y Puerto Rico, o en servicio militar, la fecha límite para presentar es el 17 de junio. También tienen hasta el 17 de junio para presentar el Formulario 4868 (SP) para una prórroga hasta el 15 de octubre. Una prórroga de tiempo para presentar no es una extensión de tiempo para pagar cualquier impuesto adeudado. Cuando el presidente declara un área de desastre, el IRS puede posponer fechas límite para los contribuyentes que residen o que tienen un negocio en el área afectada. Si un contribuyente afectado recibe un aviso de multa por presentar tarde o pago tardío del IRS, y ellos presentaron o pagaron por la fecha límite establecido en el comunicado de prensa de aplazamiento de las fechas límites para presentar y/o pagar del IRS, deben llamar al número de teléfono que aparece en el aviso para ver si el IRS puede anular la multa debido al desastre. Alivio de multa puede estar disponibleLos contribuyentes que presentaron y pagaron a tiempo y a quienes no se les ha aplicado multas durante los últimos tres años, a menudo califican para que se les reduzca la multa. Consulte la página de reducción de multa por primera vez (en inglés) en IRS.gov. Un contribuyente que no califica para el alivio de multa por primera vez todavía puede calificar para el alivio de multa si su fallo al presentar o pagar a tiempo se debió a una causa razonable y no por negligencia intencional. Los contribuyentes deben leer el aviso de multa y seguir sus instrucciones para solicitar este alivio. Para obtener más información, consulte la página de alivio de multa (en inglés) en IRS.gov. Además de las multas, se cobrarán intereses sobre cualquier impuesto no pagado para la fecha de vencimiento regular de abril. Para los contribuyentes individuales, es la tasa de interés federal a corto plazo más tres puntos porcentuales, actualmente seis por ciento por año, acumulado diariamente. Los intereses dejan de acumularse tan pronto el impuesto se pague en su totalidad. El interés no puede reducirse. Opciones de pagoMuchos contribuyentes retrasan la presentación porque no pueden pagar lo que adeudan. A menudo, estos contribuyentes califican para una de las opciones de pago disponibles en el IRS. Los contribuyentes pueden usar su cuenta en línea para ver la cantidad que adeuda, realizar pagos y solicitar un acuerdo de pago por internet; estos incluyen:
Verificar la retenciónLos contribuyentes que adeudan impuestos para 2018 pueden evitar tener el mismo problema para 2019 si aumentar la cantidad de impuestos retenidos de sus cheques de pago. Para ayuda para determinar la cantidad correcta para retener, use la Calculadora de Retención en IRS.gov. Gracias por suscribirse a Consejos Tributarios en Español del IRS, un servicio de correo electrónico del IRS. Para obtener más información sobre los impuestos federales, por favor visite la página de internet IRS.gov. Este mensaje fue distribuido automáticamente de la lista de correos electrónicos de Consejos Tributarios en Español del IRS. Por favor no responda a este mensaje. |
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