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Consejos Tributarios del IRS | 3 de agosto de 2018 | |
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Hay dos créditos disponibles para ayudar a los contribuyentes a compensar los costos de la educación superior. El Crédito Tributario de la Oportunidad Americana (AOTC) y el Crédito Perpetuo de Aprendizaje (LLC) pueden reducir la cantidad de impuestos adeudados. Los contribuyentes pueden reclamar los créditos en el Formulario 8863, Créditos de educación. El Crédito Tributario de la Oportunidad Americana: - Provee un beneficio máximo de hasta $2,500 por estudiante elegible• Sólo durante los primeros cuatro años en una universidad elegible o escuela vocacional
- Para estudiantes que buscan un título u otra credencial reconocida de educación
- El crédito es parcialmente reembolsable. Esto significa que, si el crédito reduce a cero la cantidad de impuestos adeudados, el 40 por ciento de cualquier monto restante del crédito, hasta $1,000, es reembolsable.
El Crédito Perpetuo de Aprendizaje - Provee un beneficio máximo de hasta $2,000 por declaración de impuestos, por año, sin importar cuántos estudiantes califiquen
- Disponible para todos los años de educación postsecundaria y para cursos para adquirir o mejorar destrezas laborales
- Disponible para un número indefinido de años tributarios
Para ser elegible para reclamar cualquiera de ambos créditos, la ley exige que un contribuyente o un dependiente haya recibido un Formulario 1098-T de una institución educativa elegible.
Mas información en inglés:
Centro de información - Beneficios de educación Créditos de educación – AOTC y LLC Preguntas y respuestas del Crédito Tributario de la Oportunidad Americana Publicación 970, Beneficios tributarios de educación Back to top Gracias por suscribirse a Consejos Tributarios en Español del IRS, un servicio de correo electrónico del IRS. Para obtener más información sobre los impuestos federales, por favor visite la página de internet IRS.gov. Este mensaje fue distribuido automáticamente de la lista de correos electrónicos de Consejos Tributarios en Español del IRS. Por favor no responda a este mensaje. |
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