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Consejos Tributarios del IRS | 10 de marzo de 2020 | |
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- Hay límites de ingresos que podrían afectar el monto del crédito.
- Los contribuyentes deben completar el Formulario 8839, Gastos de adopción calificados (PDF, en inglés). Usan este formulario para calcular cuánto crédito pueden reclamar en su declaración de impuestos.
- Un niño elegible debe ser menor de 18 años. Si la persona adoptada es mayor, debe ser incapaz de cuidar físicamente de sí misma.
- Este crédito no es reembolsable. Esto significa que se limita a su obligación tributaria para el año 2019. Cualquier crédito que exceda de su obligación tributaria puede trasladarse a años posteriores dentro de un período de hasta cinco años.
- Gastos de adopción calificados incluyen:
- Los cargos de adopción razonables y necesarios.
- Los costos del tribunal y los honorarios de abogados.
- Los gastos de viaje (incluidos los gastos de comidas y alojamiento).
- Otros gastos directamente relacionados con y para fines principales de la adopción legal de un hijo elegible.
- En algunos casos, una pareja domestica inscrita puede pagar los gastos de adopción. Si viven en un estado que permite a un segundo padre/madre o co-padre/co-madre del mismo sexo adoptar al hijo de su compañero o compañera, estos también pueden considerarse gastos calificados.
- Los gastos también pueden calificar incluso si el gasto se paga antes de haberse identificado un hijo elegible. Por ejemplo, algunos futuros padres adoptivos pagan por un estudio del hogar al comienzo del proceso de adopción. Estos padres pueden reclamar los cargos como gastos de adopción calificados.
- Los gastos de adopción calificados no incluyen los gastos que un contribuyente paga para adoptar al hijo de su cónyuge.
Más información: Back to top Gracias por suscribirse a Consejos Tributarios en Español del IRS, un servicio de correo electrónico del IRS. Para obtener más información sobre los impuestos federales, por favor visite la página de internet IRS.gov. Este mensaje fue distribuido automáticamente de la lista de correos electrónicos de Consejos Tributarios en Español del IRS. Por favor no responda a este mensaje. |
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