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Consejos Tributarios del IRS | 8 de julio de 2019 | |
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- Decretos de divorcio.
- Decretos separados de sostenimiento.
- Acuerdos de separación por escrito.
- En general, el contribuyente que realiza pagos a un cónyuge o excónyuge puede deducirlo en su declaración de impuestos. El contribuyente que recibe los pagos debe incluirlo en sus ingresos.
- A partir del 1ro de enero de 2019, los pagos efectuados a un cónyuge o excónyuge o sostenimiento por separado no son deducibles de los ingresos del cónyuge pagador, ni se incluyen en los ingresos del cónyuge que recibe, si se hacen bajo un acuerdo de divorcio o separación ejecutado después del 31 de diciembre de 2018.
- Si un acuerdo se ejecutó el 31 de diciembre de 2018 o antes y luego se modificó después de esa fecha, también se aplica la nueva ley. La nueva ley se aplica si la modificación hace estas dos cosas:
- Cambia los términos de los pagos al excónyuge pagos de sostenimiento por separado.
- Dice específicamente que los pagos al excónyuge y pagos de sostenimiento por separado no son deducibles por el cónyuge pagador ni se incluyen en los ingresos del cónyuge que los recibe.
- Los acuerdos ejecutados a más tardar el 31 de diciembre de 2018 siguen las reglas anteriores. Si se modificó un acuerdo después de esa fecha, el acuerdo seguirá la ley anterior siempre que las modificaciones no hagan lo que se describió anteriormente.
Información adicional: Back to top Gracias por suscribirse a Consejos Tributarios en Español del IRS, un servicio de correo electrónico del IRS. Para obtener más información sobre los impuestos federales, por favor visite la página de internet IRS.gov. Este mensaje fue distribuido automáticamente de la lista de correos electrónicos de Consejos Tributarios en Español del IRS. Por favor no responda a este mensaje. |
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